Pinamar


A través del expediente 881/01, en septiembre de 2001, los ciudadanos Ricardo Cigarreta y Miguel Fernández elevaron una nota a la entonces presidenta del HCD, Claudia Solino (MUPP), dando a conocer “una situación que debe ser aclarada y sancionada”. La Municipalidad “ha promovido, por medio del apoderado Carlos Oricchio, un juicio contra los antiguos dueños del dominio (la firma Ostende SRL)”.

         Según los firmantes, al pretender ingresar a la moratoria, “se nos informó en Recaudación que, previamente, debíamos abonar en el Estudio del profesional los honorarios y costas judiciales”. Recaudación habría entregado un fax “remitido por el Estudio Jurídico en el que consta que se nos cobraba sobre el monto de un capital de $1.787,97 a pesar de que la demanda se había iniciado por la suma de $1.460,96”. Sobre dicho monto, teníamos que abonar $284,81 de honorarios. Total $483,86. Se nos cobraba el 15% de honorarios sobre un juicio en el que ni siquiera se había intimado. Sin otra posibilidad de negociación, aceptamos contra nuestra voluntad y giramos la suma indicada (recibo Nº 0000 00001006)”.
         Luego, “concurrimos al Juzgado de Paz Letrado, y, con fastidio, comprobamos que el letrado había presentado un escrito donde manifestaba que se había convenido y que le habíamos abonado en concepto de honorarios la suma de $140,00 (en vez de $248,81). Y, sobre ese importe, se efectuaban los aportes”. Es decir, “el letrado declara que pagamos $140,00 y efectúa aportes de $14,00 a la Caja de Abogados y, en concepto de ingresos brutos, en lugar de tributar $9,96, tributa la suma de $4,90. La tasa de Justicia que se nos cobra sobre $1.787,97, o sea $39,34, la abona en el expediente sobre el monto de la demanda, o sea, $32,10”.
         Los contribuyentes denunciaron ante el HCD lo que se hacía evidente: “Nos encontramos frente a una verdadera violación de normas penales y penal tributaria que la Municipalidad apaña, ya que, a pesar de haber denunciado este hecho ante los medios de Pinamar y de ello tomó conocimiento el intendente, hasta la fecha no se nos ha dado respuesta alguna. Son muchos los casos similares al nuestro y se deberá poner coto a este impiadoso saqueo a los contribuyentes”.
         En respuesta a este pedido, Solino firmó el Decreto Nº 1225/01, que dice claramente: “La gravedad de las denuncias que formula el contribuyente y la documentación adjunta, amerita la actuación de este HCD para promover las acciones legales que correspondan. Ante la clara presunción de la comisión de graves irregularidades en perjuicio del Estado Provincial, debe efectuarse la demanda pertinente ante la Fiscalía de Estado y de la autoridad correspondiente en materia de control del ejercicio profesional”. El decreto dictaminaba la conformación de una Comisión Especial integrada por el Ejecutivo y el HCD para a realizar una “exhaustiva revisión”.
         Finalmente, el artículo 1 del Decreto 1225/02, firmado por Solino y su secretario, Aquiles Linfante, encomendaba a Solino “efectuar las denuncias correspondientes a la AFIP, la Dirección Provincial de Rentas, la Fiscalía de Estado y a la Caja de Previsión de Abogados de la Provincia”.